Policía ingresó al aeródromo Lib Mandi pese a documentos de propiedad inscritos

El 21 de agosto de 2026 se ejecutó el operativo policial de “defensa posesoria” en los terrenos del Aeródromo Privado Lib Mandi Metropolitano, en San Bartolo. La intervención se realizó pese a que la defensa de Don Pancho Real State S.A.C. había solicitado su suspensión, argumentando que la empresa mantiene posesión pública y continua desde hace 25 años y cuenta con propiedad inscrita en SUNARP bajo la Partida N.° 21351886.

La defensa legal de la empresa, señaló que la Policía notificó el pedido sin identificar al solicitante, pero al revisar los lotes concluyó que se trataba de la pretensión de Imán de los Ángeles Isabel Olguín Lira. El abogado adjuntó documentación denominada “Nexos” y la demanda presentada por Lourdes Flores Nano, donde —según indicó— la propia abogada reconocía que su patrocinada no estaba en posesión, requisito indispensable para una defensa posesoria.

La defensa legal también presentó un escrito ante la Comisaría de San Bartolo solicitando que se rechace cualquier apoyo policial a una defensa posesoria extrajudicial sobre los lotes vinculados a la Partida Registral N.° 07051014. En dicho documento se argumenta que la controversia con Olguín Lira es un conflicto antiguo y judicializado, incompatible con una intervención policial, pues existen procesos abiertos, antecedentes fiscales favorables a la empresa y un precedente policial que ya había concluido que no se acreditaban los requisitos legales para ejecutar una recuperación posesoria.

La defensa cuestiona que el operativo se haya realizado basándose en una supuesta sentencia inexistente, cuando el Tribunal Constitucional mantiene abierto el Expediente N.° 00911-2018-PA/TC sin ordenar entrega de terrenos ni reconocer derecho a recuperación posesoria. Para Don Pancho Real State S.A.C., la intervención vulnera la posesión consolidada del aeródromo y constituye un uso indebido de la fuerza pública en un conflicto privado que debe resolverse en la vía judicial.

El aeródromo Lib Mandi funciona desde hace aproximadamente 25 años con pista, infraestructura aeronáutica, guardianía y autorizaciones oficiales. La defensa considera grave que la intervención haya permitido retirar cercos e ingresar maquinaria, alterando una posesión respaldada por documentos registrales y por la actividad aeronáutica desarrollada en el lugar.

Además, la defensa subraya que la figura de “defensa posesoria” exige acreditar posesión previa de la parte solicitante, lo cual no existe en este caso. Por ello, sostienen que la intervención policial se habría convertido en un mecanismo irregular para favorecer a terceros sin sustento legal ni judicial.

Fuentes vinculadas al caso señalan que Lourdes Flores Nano habría gestionado el tema ante la presidenta Keiko Fujimori como si existiera una sentencia favorable, versión que no ha sido corroborada y deberá investigarse. De confirmarse, correspondería determinar quién realizó las gestiones, qué información se proporcionó y si hubo influencia indebida en la decisión policial.

La defensa informó que había advertido previamente a la Policía Nacional, al Ministerio del Interior y a la Defensoría del Pueblo sobre la situación, solicitando que cualquier intervención se limite a preservar el orden público. Tras la ejecución del operativo, exigen esclarecer la cadena de decisiones que permitió la intervención, identificar a las autoridades responsables y determinar si existieron gestiones externas que influyeron en la decisión policial.

Finalmente, la empresa sostiene que un conflicto inmobiliario de larga data no puede resolverse mediante influencia política ni mediante acciones policiales sin respaldo judicial definitivo. La controversia permanece abierta en el Tribunal Constitucional, y cualquier entrega de terrenos debe ser resultado de un fallo judicial, no de un operativo policial.

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